FIRPTA
Retención de FIRPTA en Español - Todo Lo Que Tiene Que Saber

Este video es estilo seminario donde hablamos todo lo que tiene que saber en relación a FIRPTA para inversionistas de bienes raíces extranjeros. Roberto Ace...

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Transcripción del video:

Muy buenos días, amigos que nos escuchan. Les habla por acá Robert Acevedo de parte de FreedomTax, y hoy vamos a estar hablando sobre el tópico bastante complicado, muy conocido, de FIRPTA. FIRPTA es algo que nosotros acá en FreedomTax llevan muchos años haciendo para nuestros clientes, ya que estamos aquí en la Florida Central. Y muchos de nuestros clientes, especialmente extranjeros, se topan, se encuentran, se enfrentan con este tópico de los impuestos de FIRPTA y nosotros queremos dar toda la información posible, informar para que nuestros clientes sepan cómo enfrentar esto de los impuestos de FIRPTA y asegúrense de también quedarse con nosotros hasta el final, porque tenemos cuatro de las preguntas más frecuentes o de información errónea, tratando de contestar o abundar la información errónea que hay, que vemos muy comúnmente referido a este tópico de FIRPTA. Okey, sin más preámbulos, vamos a comenzar la presentación. Listo, vamos allá. Okey. El tópico, llevamos muchos años, gracias a Dios, con esto, con la retención de FIRPTA , proveyendo este servicio a nuestros clientes. ¿Y qué es FIRPTA ? FIRPTA es la ley federal que rige los impuestos y las retenciones por parte de personas extranjeras que venden bienes raíces en los Estados Unidos.

Es una ley que está desde el 1980 y es una ley que básicamente rige de que el gobierno de Estados Unidos requiere que un extranjero, cuando va a vender bienes raíces, un inmueble acá en los Estados Unidos, requiere que se haga una retención por anticipado. A mí lo que siempre me gusta explicar a nuestro cliente o el ejemplo que me gusta dar para dar un poquito más de contexto a esta regla es que, por ejemplo, yo como ciudadano americano residente de los Estados Unidos, si en el momento que yo decida vender un inmueble, sea un pedazo de tierra, un condominio, una casa de uso personal, bienes raíces. No tengo, no soy sujeto a ninguna, a ninguna, a una retención de impuestos en el momento de la venta. Sí, como ciudadano americano residente, si yo vendo un pedazo de propiedad y tengo una ganancia, voy a pagar impuestos sobre eso, pero lo hago cuando haga mi declaración de impuestos. Generalmente acá en los Estados Unidos, el año termina, de diciembre 31 y al comienzo del próximo año es que el tiempo de rendir las declaraciones del año previo comienza. Hay una ventana de tiempo y ahí todo ciudadano americano y también extranjero es que rinde sus declaraciones.

El ciudadano americano que vendió una propiedad, en ese momento es que paga impuestos sobre ganancias capitales. El extranjero no se le da ese mismo beneficio, porque el gobierno de Estados Unidos quiere prevenir de estar en una posición donde, en teoría, si un vendedor extranjero no se le hace una retención por anticipado y recibe todos los fondos de su venta, hay posibilidad de que cierta población, ciertas personas, no cumpla con los requisitos tributarios y el dinero salga del país. Y entonces, al gobierno de Estados Unidos se le va a hacer muy difícil capturar ese impuesto si no se retiene por anticipado. Ahora, eso en general es la retención de FIRPTA y el motivo por qué Estados Unidos hace esta retención. Ahora, ¿cuál es el porcentaje de la retención? 15 percent. La regla en general de FIRPTA requiere que el 15 percent del precio de venta bruto, súpermente importante, del 15 percent del monto bruto del precio de venta de los ingresos que se retengan en el momento de la venta como un depósito, como un pago por anticipado y se envíen al gobierno federal, al IRS, dentro de 20 días posteriores al cierre. Cuando se compra a un vendedor extranjero, cuando se compra a un vendedor extranjero.

Cuando el vendedor extranjero vende, esta retención se hace por anticipado y se envía, tiene que llegar a manos del gobierno federal dentro de 20 días. Esas las reglas en general de FIRPTA o cómo debe de funcionar. Ahora, la mayoría de las personas que nos están escuchando, lo más probable que son los vendedores, la persona que es sujeta a la retención de FIRPTA, pero posiblemente puedo tener alguien que sea un comprador que está vendiendo, que está comprando una propiedad y le han indicado que el vendedor es extranjero y que esto de firt a aplica y no sabe qué es, pues usted también tiene una parte en esta transacción. Porque ante los ojos de la IRS, sí, el vendedor es quien es sujeto a la retención, pero el comprador es quien es responsable de que la retención se haga y que, eso es lo que expliqué previamente, que se retenga el 15 percent y que llegue a manos de la IRS dentro de 20 días. Usted como comprador, si no está escuchando, también tiene una parte importante y quiere asegurarse de que se cumpla con los requisitos de FIRPTA si el vendedor a quien usted le está comprando es extranjero.

Se obtenga sepa, comprador, que usted también tiene una responsabilidad de FIRPTA. Ahora, ¿por qué Estados Unidos tuvo que implementar FIRPTA? Bueno, como expliqué, ellos no quieren estar en una posición de desventaja y quieren asegurarse que la retención ocurra, que el vendedor extranjero sea responsable de sus requisitos tributarios y que ocurran una retención por anticipación de pagos, pero no quiere decir, y esto es sumamente importante y una de las cosas más importantes que usted vendedor que nos está escuchando entienda, de que porque el gobierno haga la retención de FIRPTA no quiere decir que ellos simplemente se quedan con ese 15 percent. Hay unos pasos a seguir para poder recuperar ese 15 percent completo o en gran parte. Y todo eso lo vamos a cubrir. Listo. Y entonces esto también es lo que más refiero, que FIRPTA no es el impuesto final, es una retención estimada por adelantado. Desde 1980, cuando el gobierno ha establecido estas reglas, solía ser que la retención, el porcentaje, era 10 percent. Hace unos años atrás lo subieron a 15 percent. Pero sea 10, sea 15, esto es simplemente un porcentaje establecido por el gobierno de Estados Unidos para el monto por anticipado retenido.

Este no quiere decir que es el impuesto final, es simplemente que el gobierno dice vamos a retener este dinero para motivar al vendedor extranjero a actuar, para que aquel vendedor que es sujeto a esta retención se informe, nos llame, trabaje con un contador, con alguien que tenga conocimiento de este proceso, que lo ayude a cumplir con el proceso, pero con el fin de ver cuánto podemos recuperar si hacemos los pasos necesarios que nos exige el gobierno federal. Y para eso estamos nosotros, para ayudarle con este proceso. Pero me gusta explicar y poner aquí qué importante que la retención de FIRPTA no es el impuesto final y que hay pasos a tomar para poder recuperarlo. Okey, ahora vamos a cubrir algo que es muy frecuente que nos preguntan nuestros clientes. ¿Hay alguna excepción a esta retención, a este requisito de FIRPTA? Sí lo hay. Y es muy específico esta excepción. En casos donde el precio de venta está por debajo de 300 000, ¿verdad? Y bien importante, no solamente que esté por debajo de 300 000, eso es lo primero, 300 000 y el comprador va a básicamente vivir la propiedad. Si tienes un comprador que va a usar la propiedad para uso personal durante al menos 50 percent del tiempo de los próximos dos años, en casos así, menos de 300 000, y el comprador, la intención es usarla para uso personal, y como dice aquí, firma una declaración jurada, eso es sumamente importante.

Si tenemos un comprador que va a vivir la propiedad por lo menos dos años, monto de venta de 300 000 y firma una declaración Udavit, un affidavit, como le decimos, ese sería el mejor caso, desde el punto de vista del vendedor, porque en casos así no va a haber retención de. La retención de sería cero. No quiere decir que no hay que pagar impuestos sobre ganancias, porque eso viene después, pero por lo menos no tendría que estar sin 15 percent del monto de la venta. Eso es el punto de vista del vendedor. Del punto de vista, si usted es un comprador que no está escuchando y le piden o le preguntan firmar este FIRPTA, yo le diría, Cuidado, hágalo con cautela, informese bien de lo que está firmando. Porque desde el punto de vista del comprador, si su intención es vivir la propiedad y está por debajo de 300 000, hay que tener cuidado firmando este affidavit, porque, ¿qué pasa si uno tiene que vender la propiedad antes de los dos años? Pues en teoría, el gobierno de Estados Unidos podría decir Usted firmó este affidavit en el momento que compró y no hubo retención de FIRPTA, pero salió de la casa antes de dos años, pues ahora usted va a ser responsable de ese 15 percent que no se retuvo cuando usted compró originalmente.

Por eso es que hay que tener cuidado con lo que uno está firmando como comprador. Para más preguntas sobre eso, si ese es su caso, den una llamadita. Ahora, próximo. Hablando todavía sobre los tópicos de las excepciones de FIRPTA. Aquí, en este caso, no podemos lograr, sería un caso donde la retención de FIRPTA todavía aplica, pero lo podemos reducir el porcentaje automáticamente de 15 a 10 percent. ¿Cuándo aplica? ¿Cuándo se puede retener de 10, reducir de 10 en vez de 15? Bueno, pues en casos donde el monto de venta está por encima de 300 000, pero por debajo de un millón. Su monto de venta entre 300 a un millón. Y lo mismo, el comprador, la intención es vivir en la propiedad para uso personal los próximos dos años y firma un affidavit. Pues el porcentaje de FIRPTA, automáticamente se reduce de 15 a 10 percent. Es bueno, como un vendedor, estar consciente de que esto existe y trabajar con nosotros, trabajar con un representante de Bienes Raíces para, si este es su caso, reducir la retención. Okey, listo. Ahora vamos a cubrir casos donde la retención de FIRPTA no aplica. Básicamente, estas son estrategias que un vendedor extranjero puede tomar por anticipado.

Antes de entrar en la transacción de venta, si usted es dueño de una propiedad y piensa posiblemente venderla en un futuro, pues esta es una estrategia que puede tomar para evitar la retención de. Cuando el dueño de la propiedad es una LLC, que eso es un tipo de entidad de negocio acá en los Estados Unidos, una LLC de más de dos o más miembros, por el tipo de declaración que este tipo de entidad rinde, que este formulario que mencionamos aquí, la 1065, se considera que esto es una sociedad para propósitos de impuestos. Por ende, por las reglas que gobiernan las sociedades, la retención de FIRPTA no aplicaría. Aunque los miembros sean todos extranjeros, sean dos o más, aunque sean extranjeros todos, si el dueño de la propiedad es una LLC, no aplica. Si usted tiene una propiedad a título personal y es una propiedad de inversión, una propiedad de alquiler que está generando ingresos. Pues sería una buena estrategia abrir una LLC, mover la propiedad legalmente bajo la LLC y que sea una LLC de más de un miembro, un multi miembro. En caso así, cuando usted decida vender en el momento de la venta, la rendición de FIRPTA no aplica.

No quiere decir que no hay que pagar impuestos, ¿verdad? Porque cuando llegue el tiempo de rendir la declaración de la sociedad, de la LLC, si hubo ganancia y hay una ganancia de capital, sí se va para impuestos, pero por lo menos no hay esa retención de 15 percent en el momento de la venta. Para más información sobre los datos o los específicos de una LLC, cómo apertura una DLC, llámenos que nosotros le podemos ayudar a trabajar con eso. De igual manera, el punto número dos, básicamente lo mismo, excepto que en vez de una LLC, estamos hablando que el dueño de la propiedad es una corporación doméstica, una corporación abierta, registrada acá en los Estados Unidos. Por el tipo de declaración que tiene que rendir una corporación acá en los Estados Unidos y las reglas que gobernan, eso que es este formulario 1120, la retención de FIRPTA no aplica, aunque los miembros o los dueños de la corporación sean extranjeros. Una vez más, si te ayuda abriendo una corporación, llámenos, que le podemos ayudar a establecer su compañía. Y número tres sería en caso, es una combinación del punto uno y el número dos. ¿A qué me refiero?

Si el dueño de la propiedad es una LLC, ahora solamente hay un dueño, ¿verdad? Pero ese dueño, ese único dueño de la LLC somete el papeleo, trabaja con un contador como nosotros para hacer una elección, un documento que se envía para que el gobierno cambie la manera de rendir de la corporación a este formulario que llamamos la 11… Perdóneme, la LLC, que rinda como el formulario 1120, que es el mismo que hablamos sobre el número dos. Por las reglas que gobiernan el formulario 1120, la retención de FIRPTA no aplicaría. Estos son simplemente estrategias que vendedores o que dueños extranjeros de propiedad en los Estados Unidos pueden poner en práctica para poder evitar la retención de fervor antes de que vendan. Estas cosas no se pueden hacer ya cuando entran en un proceso de venta. Esto hay que hacerlo por anticipado, un poquito de planificación, el cual nos otros le podemos ayudar. Y perdonen, número cuatro, casos donde no aplica. Este no tiene tanto que ver con estrategias de abrir una empresa, sino hemos visto casos donde individuos extranjeros han estado viviendo en los Estados Unidos. A lo mejor están esperando o están en un proceso migratorio que se extiende.

A lo mejor están acá en un asilo, en un proceso de asilo. O simplemente están acá legalmente, pero sabemos que el proceso de inmigración se puede extender si se tarda y compraron una propiedad en el pasado y ahora decidieron venderla. Bueno, legalmente, bajo el departamento de inmigración, son extranjeros, pero por el tiempo que llegan viviendo físicamente presente en los Estados Unidos, pueden evitar la retención de fuegta, porque para propósitos de impuestos no serían extranjeros, serían fiscalmente un residente fiscal ante los ojos del IRS. En un caso así, la retención de fuegta no aplicaría. Eso es algo muy específico. Hemos visto estos casos donde personas están residentes aquí, no tienen su residencia o su… Sí, sí, no son residentes de es todavía en su permiso, pero si deciden vender, no debe de aplicar. Si este es su caso, pues nos puede llamar para ayudarles en este proceso. Entonces, casos donde FIRPTA sí aplica. Bueno, número uno sería el caso clásico, donde el vendedor o el dueño de la propiedad que se está vendiendo es simplemente una persona natural, una persona natural extranjera. FIRPTA aplica, el dueño no es una LMC, no es una corporación, simplemente un dueño extranjero vendiendo.

La detención de FIRPTA aplica. Número dos, el dueño es una LMC, hablamos de una LLC, pero solamente tiene un dueño y no ha hecho ningún tipo de elección bajo la LLC para rendir como una corporación o algo así. Por el tratamiento que el gobierno de Estados Unidos le da a este específico caso, el gobierno de Estados Unidos dice, único dueño de esa LLC, usted tiene que rendir como persona natural, como un individuo. Y como el individuo es extranjero, FIRPTA aplica en ese caso, aunque tenga una LLC. Para que FIRPTA no aplique como expliqué, tiene que ser una LLC de más de un miembro, una sociedad, una LLC de multi miembros. Número tres, dueño de la propiedad es una empresa extranjera. Hemos visto casos donde el vendedor donde un individuo extranjero, tiene una empresa en extranjero tiene una empresa en extranjeros y lo puso para que esa empresa extranjera sea el dueño de esta propiedad acá en los Estados Unidos y ahora decide vender. Es una empresa, pero no es una empresa doméstica, es una empresa foránea. En ese caso, FIRPTA sí aplica. Listo. Ahora, hablamos de las excepciones de FIRPTA, pero hay alguna posibilidad de reducir la retención.

Sí lo hay. Llevamos muchos años trabajando con nuestros clientes con este tópico de FIRPTA y muchas veces en el pasado tenemos casos, por ejemplo, donde alguien está vendiendo y no tienen ganancia, cuando toman en cuenta, por ejemplo, que están vendiendo por 300 000 y compraron por 280, pero cuando toman los gastos de venta que tienen en cuenta, hay pérdida, no hay ganancia. En un caso como ese, sería perfecto someter este formulario que menciono, la forma 8288B. Esto es una solicitud que un extranjero le puede enviar o someter al departamento de, porque el gobierno de Estados Unidos, el IRS, tiene oficinas dedicadas que manejan todas estas transacciones de, que está en el estado de Utah. A esa oficina, un vendedor extranjero puede adquirir los servicios de alguien como nosotros para prepararle esta solicitud 8288B. ¿Y qué lograríamos. Lograríamos que la unidad de FIRPTA envíe una carta, después que toman en consideración lo que le enviamos, le enviamos esta solicitud con evidencia de cuánto fue el costo original, 280 000, por cuánto se está vendiendo, 300 000 en mi ejemplo, pero también los gastos que hubieron y donde podemos demostrar que no hubo ganancia. ¿Qué podemos esperar?

Pues una carta oficial de parte del gobierno diciendo bueno, pues para esta venta la retención es cero. No se requiere ninguna retención. Suena tremendo y lo es. Pero como pueden ver aquí en las letras rojas, el tiempo de espera. Desafortunadamente, este proceso era muy viable y lo hacíamos muy a menudo antes de la pandemia y unos meses después de la pandemia. Pero al pasar en tiempo, pudimos ver que la unidad de FIRPTA, que las trabajan personas de carne y hueso en esa oficina, este proceso es mayormente trabajado, documentos, papeleo no es electrónico, eso causó muchos atrasos dentro de esa unidad. Y actualmente el tiempo de espera para recibir una respuesta a esta solicitud para reducir la retención es de 9 a 12 meses. Por esa razón, esta opción ahora mismo no es viable, no hace mucho sentido hasta que los tiempos de espera regresen a lo que eran antes, que era de 60 a 90 días. No es una buena opción. Lo explico para que se entienda que es una opción que está en la mesa, pero ahora mismo no es la mejor por el tiempo que se tarda el IRS en responder. Ahora mismo lo mejor sería dejar que el dinero se retenga y enviar eso al IRS y recuperarlo con la declaración de impuestos.

Y hablando de eso, hablamos de la forma 8288, bella, sobre la retención. Esta es la forma que usamos para solicitar que disminuya la retención. Simplemente la pongo aquí para que la podamos ver que es algo legítimo. Aquí podemos ver en el encasellado uno se pone la información del vendedor, en el encasellado dos se pone la información del comprador y por ahí seguimos la dirección, la fecha de venta. Esta forma es la que usamos para solicitar que la IRS disminuya la retención, pero hasta próximo aviso no es una buena opción. La mejor opción ahora mismo es enviar el dinero a la IRS y esta es la forma, el 8288A, que completamos y se la proveemos a la compañía de título para que ellos nos envíen ese 15 percent de la Heiwes y poder recuperarlo con la declaración de impuesto. Okey, esa es la forma que usamos. Ahora, llegamos a las preguntas más frecuentes. Para tratar de aclarar mucha de la misma información que vemos que está afuera en este tópico, en el público, en el mundo de FIRPTA. Okey, número uno. El vendedor extranjero tuvo una pérdida en venta de propiedad. ¿Tienes que pagar FIRPTA? Básicamente, ¿hablé sobre esto ahorita.

Sí, hay que pagar FIRPTA. Bajo Ferpda no hay excepción automática si el vendedor está en pérdida. Si un vendedor extranjero siente que está exento de FIRPTA, es posible que deba solicitar un certificado de retención de la IRS, que es lo que acabo de cubrir, que le otorgue la es la excepción utilizando el formulario 8288-B. Eso se puede hacer, pero recuerden que se tarda mucho tiempo. Pero el punto de la pregunta es, muchas veces nos encontramos con clientes que se les ha informado de que porque ellos están vendiendo en pérdida, que la retención de frenta no aplica y no es así. El gobierno de Estados Unidos, esta nación es inmensa. Hay muchas transacciones, miles de transacciones de bienes raíces cada día. El gobierno de Estados Unidos no está envuelto en cada una. Ellos establecen las reglas en general, y simplemente le aplica a todo vendedor extranjero. Si un vendedor extranjero está vendiendo en pérdida, eso se va a reflejar, pero se va a reflejar cuando llegue el tiempo de rendir la declaración para reportar la venta y reclamar una devolución del dinero. Desafortunadamente, aunque estén vendiendo en pérdida, simplemente el hecho de estar vendiendo en pérdida no elimina el requisito de la retención de Firm.

Número dos. El vendedor extranjero no tiene un número de ITIN y está dispuesto a pagarle a la IRS. Va a dejar que el dinero se envíe a la IRS. ¿Se puede enviar el dinero sin un número de ITIN? No. Es sumamente importante. Si queremos tener la oportunidad de reclamar el dinero para traje de devolución, el vendedor extranjero no es una opción, va a tener que solicitar un número de ITIN. Un número de ITIN es un número, el número de contribuyente para una persona extranjera. Por ejemplo, el número de contribuyente mío, como un ciudadano americano, es mi número de seguro social. Pues el número de contribuyente para un extranjero es el número de ITIN. Va a ser un requisito que soliciten un número de ITIN si no lo tienen, y si lo tienen y no lo han usado, posiblemente vamos a tener que renovarlo. Pero nosotros le podemos proveer, estamos certificados para ayudar a nuestros clientes a solicitar el número de ITIN como parte de este proceso de FIRPTA. Número tres. ¿FIRPTA aplica cuando ambos vendedor y comprador son extranjeros. Hemos tenido la pregunta que se nos han hecho, okey, el vendedor es extranjero, pero si el comprador es extranjero, ¿FIRPTA todavía aplica?

Sí, aplica. No tiene nada que ver. Las reglas son las mismas. Aunque el vendedor sea extranjero, eso no elimina la retención de FIRPTA. ¿Por qué? Porque el vendedor todavía sigue siendo extranjero y eso es lo que el gobierno mira. ¿Cuál es el estatus de el vendedor? Okey. En un caso donde ambos, comprador y vendedor, son extranjeros, FIRPTA todavía aplica y más allá le diría que el comprador extranjero probablemente se le dé alguna idea de que también solicite el número de ITIN, el cual le podemos ayudar. Y número cuatro, el famoso 1031. ¿Qué es 1031? La pregunta es, ¿hacer un 1031 exchange cancela? No. Ahora, ¿qué es 1031? 1031 es una estrategia que cualquier persona puede usar. Un ciudadano americano residente como un extranjero. ¿Con qué motivo? ¿Con qué fin? Bueno, si un vendedor extranjero sabe que está vendiendo y va a tener una utilidad, una ganancia grande, pues generalmente ganancia grande implica impuestos grandes. El proceso de 1031 es uno donde, si se hace correctamente, el fin es poder atrasar o evitar tener que pagar impuestos, reconocimientos, tener que reconocer ganancia para el año de la venta. Si uno hace este proceso correctamente, uno puede dejar ese reconocimiento para un año futuro.

Es básicamente un intercambio de una propiedad por otra. Uno vende una, cierran esa, cierran la nueva que se compró. Los fondos de la venta primera no llegan a manos del vendedor. Uno tiene que adquirir los servicios de un intermediario. Todo con el fin de poder atrasar el reconocimiento de utilidad y pagar impuestos para ese año. Ahora, ese proceso es completamente legítimo. Lo hemos hecho para varios clientes, ¿verdad? Y sabemos de varios clientes que lo han hecho. Pero eso no cambia la realidad que si el vendedor es extranjero FIRPTA aplica, así de simple. Si son extranjeros, puede hacer este proceso si desea, ¿verdad? Pero no va a evitar que en el momento que ocurre la venta del inmueble original, que les retengan FIRPTA. Eso es una pregunta que nos hacen muchos y queríamos aclararla. La 1031 no evita firm down. Listo. Bueno, hasta ahí hemos llegado al final de nuestra presentación. Muchas gracias. Le damos por su tiempo. Esperamos que esta información, esta presentación de firm down sea útil y pues conteste su pregunta, pero también nos le motive a darnos una llamadita, a trabajar con nosotros. Si usted es un representante de Bienes Raíces y tiene un cliente que es extranjero y se va a topar con FIRPTA , llámenos.

O si usted mismo es el vendedor, denos una llamadita, mándenos un email, también estamos disponibles por WhatsApp y nos encantaría trabajar con ustedes. Este ha sido Roberto Acevedo de FreedomTax. Muchas gracias por su tiempo y hasta la próxima vez.

Puede contactarnos por teléfono, email o visitando nuestras oficinas:

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